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Acto jurídico destinado a crear entre el o los adoptantes y el o los adoptados, los mismos derechos y obligaciones que tienen los padres para con los hijos (as) y estos para con los padres. El Instituto Hondureño de la Niñez y la Familia es el ente de Estado encargado de proteger a la niñez y la familia, por ende es el que tutela que se cumplan todos los requisitos, y represente al menor ante el Juzgado de Familia. La adopción incorpora al adoptado a la familia en condiciones iguales a las de un hijo nacido de una relación conyugal. REQUISITOS, LUGAR DE INSCRIPCIÓN Y EFECTO DE LAS ADOPCIONES. Todo acto de adopción deberá inscribirse en el Registro Civil, haciendo la anotación en el libro donde se encuentra la inscripción de nacimiento del adoptado. La adopción, no surtirá efectos legales entre adoptante y el adoptado, ni respecto a terceros, sino hasta después de inscrita la adopción.
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