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Ausencia permanente de todas las señales de vida del ser humano, en cualquier momento después de haber tenido lugar el nacimiento vivo. Debe ser inscrito en el Registro Civil Municipal donde ocurrió el hecho; y están obligados a inscribirlo: el cónyuge o compañero de hogar sobreviviente, los ascendientes o descendientes mayores de edad, los parientes mas cercanos, el Medico que asistió al difunto, la Autoridad Civil o Militar cuando al defunción ocurre en despoblado. El plazo para la inscripción es de seis (6) meses. LUGAR DE INSCRIPCIÓN DE DEFUNCIONES Toda defunción que ocurra en el territorio nacional, debe inscribirse en cualquiera de los Registros Civiles siguientes: El del último domicilio del difunto;
Donde se produjo el fallecimiento; y,
Donde está inscrito su nacimiento.
OBLIGACIÓN Y PLAZOS PARA INSCRIBIR DEFUNCIONES. Están obligados a inscribir la defunción, ante el Registrador Civil, dentro de los seis (6) meses de haber sucedido el deceso, por su orden, cualquierade los siguientes: El cónyuge o compañero de hogar, sobreviviente;
Los ascendientes y descendientes mayores de edad;
Los parientes más cercanos que habitaren en la casa del difunto;
El cabeza de familia en cuya casa ocurrió la muerte;
El médico que asistió a la persona de cuya defunción se trata;
Los Alcaldes Auxiliares;
Las Autoridades Eclesiásticas;
Los Médicos Forenses del Ministerio Público;
Los Directores o Administradores de los Centros de Salud, Clínicas y Hospitales públicos o privados;
Los Administradores de Hoteles, Moteles, Hospicios, Pensiones, Guarderías, Asilos y similares;
Los administradores o encargados de los cementerios;
La autoridad civil o militar que tenga conocimiento del hecho;
Los Directores de los Centros Educativos;
Los Directores de los Centros de Reclusión;
Los Agentes Diplomáticos o Consulares;
Los capitanes de barcos y aeronaves, en su caso; y,
Los conductores de vehículos de transporte terrestre.
REQUISITOS DE DECLARACIÓN Y SOLICITUD DE DEFUNCION.
La persona interesada, podrá concurrir ante el Registro Civil a presentar declaración y solicitar inscripción de defunción en cuyo caso deberá entregar al Registro Civil, documento legal que acredite el fallecimiento y fotocopia de la Tarjeta de Identidad, Carnét de Identificación de Menores o Certificación de Inscripción de Nacimiento del fallecido, documentos que quedarán archivados en el Registro Civil, para formar parte del expediente necrológico.
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